EL OBJETIVO DE LA ESTRATEGIA DE JUDICIALIZACIÓN, DESARTICULAR EL HISTÓRICO TEJIDO SOCIAL Y DESPLAZAR A LAS COMUNIDADES PARA ASEGURAR LOS TERRITORIOS NECESARIOS EN EL DESARROLLO DE MEGAPROYECTOS

El pasado 15 de mayo de 2007, terminó la tortura vivida por dos jóvenes campesinos del municipio de Tame, Arauca, que habían sido secuestrados por el Estado desde el 3 de junio de 2005, con ocasión de la estrategia de judicialización y desde entonces estuvieron en las cárceles de Arauca, La Picota y La Modelo.

En efecto TULIO YESID CAMUAN MUAJE y CARLOS JULIO TORRES GIRALDO, fueron ilegalmente capturados, torturados y víctimas de un montaje efectuado por miembros del Ejército Nacional, en la vereda Corocito del municipio de Tame, cuando se les acusó de estar supuestamente realizando un reten ilegal, y sólo hasta el día 15 de mayo del presente año, recobraron su libertad, luego que el Juzgado Penal del Circuito de Saravena, profiriera sentencia absolutoria fechada 11 de mayo de 2007, a través de la cual se dijo judicialmente lo que era una verdad sabida por toda la comunidad tameña. La jueza al referirse a las declaraciones de los soldados, única “prueba” obrante en este asunto, expuso “… cuando se estudian las declaraciones de los militares que participaron en el operativo que culminó con las capturas, poco descriptivas sobre la forma como se enteraron del supuesto reten militar y aún del lugar de la fuga y del sitio donde fueron capturados, por demás carente de todo detalle que corrobore sus acusaciones, mientras que de acuerdo a la lógica, a la sana crítica, las demás pruebas presentadas legalmente nos muestran un escenario totalmente diferente pues no hay certeza de efectivamente estarse un reten ilegal en la zona como lo corroboran los oficios presentados por la Policía, el mismo Ejército, miembros de la petrolera que allí se encuentra acantonada y de la empresa de transporte que presta sus servicios en esa zona del país, son muy descriptivas y presentan un motivo claro y preciso para dudar de la información suministrada a la tropa…”.

Sobre la credibilidad que merecen aquellas declaraciones, dijo la operadora de justicia “… pretender que por una sospechas castrenses, éstos sean declarados responsables de rebelión, implicaría extender el espectro del delito político hacia todo tipo de conducta que implique inconformidad con el régimen gubernamental imperante…”, más adelante sigue anotando la juzgadora sobre la forma como debe valorarse este insular testimonio “… para efectos de la valoración del testimonio de los uniformados debe esta sentenciadora partir de un presupuesto básico, resaltado por el señor defensor de los acusados y aún subrayado por la fiscalía, y que atañe a que, fuera de la información proveniente del ejército Nacional, no existe ningún otro elemento de juicio que acredite que efectivamente los mencionados señores fueran combatientes del ELN y/o las FARC…”.

Esta estrategia de judicialización, que vulnera claros derechos fundamentales de los ciudadanos, se sigue aplicando con toda fuerza en el departamento de Arauca, y a las personas que son objeto de ellas, únicamente les ha quedado aguantar estoicamente su calvario esperando que algún día la historia revierta esta forma de manejar los destinos de un pueblo.

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