Ejército continúa reclutamiento forzado de jóvenes en Nariño

“Quien no haya cumplido la obligación de inscribirse para definir su situación militar sólo puede ser retenido de manera momentánea mientras se verifica tal situación y se inscribe, proceso que no requiere de ningún formalismo y que se agota precisamente con la inscripción […] Nadie puede ser obligado a montarse en un camión de reclutamiento. Esta forma de reclutamiento es ilegal. Ningún joven puede ser conducido por la fuerza a cuarteles militares ni permanecer detenido allí por largos periodos de tiempo ni ser obligado a que le practiquen exámenes para el ingreso a las fuerzas militares”.

El capitán César Oswaldo Riveros Vergara, comandante del Distrito Militar número 23 del Ejército Nacional de Colombia, durante los meses de septiembre y octubre del año presente y por segunda vez en el año, coordinó la realización de batidas en distintos municipios del departamento de Nariño, con el ánimo de reclutar de manera ilegal y arbitraria a jóvenes para incorporarlos al servicio militar obligatorio, lo cual constituye una forma de detención arbitraria y, por lo tanto, un crimen de Estado.

Hechos

1. El 2 de octubre de 2013, siendo las 12:30 pm, un grupo de militares se apostó en inmediaciones de la Plaza de Nariño de la ciudad de Pasto e inició una serie de detenciones arbitrarias de jóvenes que transitaban en el lugar, obligando a varios de ellos a subir a un camión identificado con placas DIX-911 de la ciudad de Cúcuta, luego de retener sus documentos personales.

2. Defensores de Derechos Humanos que se encontraban en el lugar insistieron en que la práctica era arbitraria y que está prohibida en el país. Sin embargo, los uniformados hicieron caso omiso y uno de ellos, de apellido Ceballos, se dedicó a posar para las fotografías diciendo que podían tomar todos los registros fotográficos que quisieran.

3. El cabo encargado del operativo manifestó que únicamente cumplía órdenes y que, a pesar de que la conducta no era adecuada, no había otro mecanismo para la incorporación de jóvenes que no han definido su situación militar.

4. Las personas detenidas de manera arbitraria fueron conducidas al Distrito Militar número 23 para ser sometidas a los exámenes médicos y psicológicos necesarios para el proceso de incorporación al servicio militar. Por lo tanto, estaban siendo reclutados forzosamente por parte del Ejército.

Antecedentes

• En el mes de mayo de 2013, el capitán Riveros Vergara, aun conociendo la ilegalidad de las acciones, dispuso y dirigió operativos de batidas ilegales con fines de reclutamiento mediante detenciones arbitrarias de cientos de jóvenes en diferentes municipios de la zona norte del departamento de Nariño. Muchos de los jóvenes detenidos se encontraban bajo causales de exención al servicio militar obligatorio, como ser indígenas, padres de familia, compañeros permanentes, etc.; y otros cuantos fueron incorporados en contra de su voluntad y sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes al interior del Ejército, tal como lo reconoció el mismo uniformado en reunión con delegados de las organizaciones sociales. Algunos de estos jóvenes fueron trasladados hacia batallones ubicados en el departamento del Putumayo.

• En el mes de agosto de 2013, en una reunión sostenida en la Gobernación de Nariño con el delegado de la Oficina de Paz y Derechos Humanos, delegados de las organizaciones sociales y el capitán Cesar Oswaldo Riveros Vergara, encargado del reclutamiento en el departamento de Nariño, se pusieron de presente las situaciones arbitrarias e ilegales en que habían incurrido los uniformados. Se acordó que cesarían las batidas y que se implementarían mecanismos diferentes para cumplir con lo que establece la Ley 48 de 1993. Sin embargo, los nuevos hechos dejan ver la falta de seriedad en el compromiso.

• En el transcurso del mes de septiembre de 2013, en un operativo ilegal, fueron detenidos varios campesinos en el municipio de Buesaco (Nariño), quienes fueron conducidos contra su voluntad a la XXIII Brigada para la práctica de los exámenes médicos y psicológicos que acostumbra la institución. Entre las personas que detuvieron los militares en ese municipio se encontraba el indígena Robert Hernan García Paí, quien en el mes de mayo había sido detenido por estas mismas personas. El indígena se rehusó a subirse al camión, lo que generó disgusto en los uniformados, quienes se negaron a devolverle su documento de identificación, incurriendo en una nueva vulneración, esta vez al derecho a la personalidad jurídica.

• También en el mes de septiembre, el joven Luis Efrén Alpala Tarapuez radicó un escrito ante el capitán Riveros Vergara para que se adopten las medidas correspondientes en su caso, entendiendo que se trata de un integrante de la comunidad indígena de Cumbal. Al oficio se juntó en original el certificado correspondiente, suscrito por el gobernador indígena de ese resguardo. Sin embargo, el capitán Riveros ha manifestado que ser indígena no es un impedimento para prestar el servicio militar obligatorio, por lo que debía presentarse el día viernes 4 de octubre de 2013 para someterse a los exámenes de rigor.

Los hechos narrados son de conocimiento de la Procuraduría Regional de Nariño, sin que se hayan adoptado medidas sancionatorias frente a las constantes prácticas irregulares en que han incurrido miembros del Distrito Militar número 23 del Ejército Nacional.

Por lo anterior, exigimos:

– Al Ejército Nacional que cese esta práctica ilegal, pues viola los derechos fundamentales de las personas, y que en adelante se ciña a lo establecido en la Sentencia C-879 de 2011 para el proceso de incorporación al servicio militar obligatorio.

– A la Defensoría del Pueblo que adelante las actuaciones de verificación y corrección de estos abusos.

– A la Procuraduría, específicamente a la oficina de Derechos Humanos de Nariño, que adelante las investigaciones disciplinarias de rigor y que esté atenta a las actuaciones que las Fuerzas Militares vienen adelantando en el departamento con desconocimiento de la Constitución Política de Colombia y las disposiciones emanadas de la Corte Constitucional.

– A la oficina satélite de las Naciones Unidas que continúe monitoreando casos como el denunciado.

– A la Oficina de Derechos Humanos y Paz de la Gobernación de Nariño que se mantenga alerta a las violaciones de derechos humanos de que vienen siendo víctimas los jóvenes por parte del Ejército Nacional de Colombia y que se implementen mecanismos que permitan a los jóvenes conocer y hacer uso del derecho de objeción de conciencia y los diferentes pronunciamientos de la Corte Constitucional con respecto a la definición de la situación militar.

– A la comunidad nacional e internacional que siga monitoreando y denunciando la situación de las detenciones arbitrarias realizadas frecuentemente por el Ejército, en el marco del servicio militar obligatorio, para garantizar nuestros derechos.

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