Familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales exigen participación vinculante en la toma de decisiones sobre proyectos impulsados por el Sistema Restaurativo de la JEP

Familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales exigen participación vinculante en la toma de decisiones sobre proyectos impulsados por el Sistema Restaurativo de la JEP

  • En la puesta en marcha del proyecto “Siembras de vida”, no se socializó ni informó previamente a las víctimas acreditadas en el Caso 003 “Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado” sobre el diseño y posterior desarrollo de este TOAR de carácter anticipado.

  • Este proyecto, entonces, no responde a los lineamientos de cumplimiento de los TOAR, que señalan que es imprescindible la consulta previa con las víctimas.

  • Además, es de resaltar la ausencia de relación de causalidad directa e indirecta entre el proyecto “Siembra de Vida” y los daños sufridos por las víctimas de ejecuciones extrajudiciales.

  • 6 meses atrás, el 29 de septiembre de 2023 el Relator Especial  de las Naciones Unidas sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición visitó Colombia y llamó la atención sobre la falta de participación de las víctimas en los proyectos de sanción propia, también alertó sobre el potencial de impunidad e injusticia que puede haber con“el ofrecimiento de amplios beneficios procesales indebidamente en casos de graves violaciones a los derechos humanos.”

Bogotá, 9 de abril de 2024. Los familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales y sus representantes legales exigen a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) garantías de participación efectiva en la toma de decisiones sobre proyectos impulsados por el Sistema Restaurativo.

La JEP, a través del Sistema Restaurativo, lanzó y puso en marcha el proyecto “Siembras de Vida”, centrado en la vinculación de un número plural de comparecientes al desarrollo de labores de restauración ecológica en el ecosistema del corredor Chingaza – Sumapaz, el cual será ejecutado en la localidad de Usme en Bogotá. Dentro de la puesta en marcha de este proyecto, a las víctimas acreditadas en el Caso 003 “Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado” no se les socializó e informó previamente sobre el diseño y posterior desarrollo de este Trabajo, Obra y Actividad con contenido Reparador (TOAR) de carácter anticipado para que se pudieran valorar los impactos del mismo y los beneficios en términos de satisfacción.

Es de destacar que en este TOAR Anticipado se vinculó a militares comparecientes relacionados en los subcasos de Casanare, Norte de Santander, Antioquia y Caribe, incluyendo seleccionados como máximos responsables y a otros que no lo son.

Pese a que la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal para la Paz (SeRVR) ha emitido dos documentos sobre lineamientos del cumplimiento de los TOAR, evidenciamos que el proyecto “Siembras de Vida” contraviene las disposiciones en la materia. La ausencia de consulta previa con las víctimas para la ejecución de TOAR anticipados vulnera los lineamientos emitidos por la Sección, ya que según el documento “Lineamientos complementarios en materia de sanción propia y Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador – Restaurador (TOAR)” resulta imprescindible la consulta previa con las víctimas a la hora de adelantar trabajos anticipados, situación que no ha sucedido en el proyecto.

En igual sentido, el carácter restaurativo de un proyecto de sanción propia no es presumible, según la SeRVR: “Para que un proyecto tenga vocación restaurativa debe tener una relación de causalidad directa o indirecta con el daño. Para el efecto, el proyecto debe consultarse previamente con las víctimas.” Como representantes de víctimas queremos recalcar la ausencia de relación de causalidad directa e indirecta entre el proyecto “Siembras de Vida” y los daños sufridos por las víctimas de ejecuciones extrajudiciales documentados por distintos escenarios judiciales, particularmente en los escenarios procesales de los distintos subcasos del caso 03.

Adicionalmente, consideramos que el estado procesal de los casos debe ser tenido en cuenta para la vinculación de los comparecientes a TOAR anticipados, evitando la vinculación de comparecientes cuya situación jurídica no es clara. Aludimos a esta situación, ya que en el listado de comparecientes participantes del proyecto se encuentran Julio Alberto Novoa Ruiz y Juan Carlos Barrera Jurado, ambos del subcaso Antioquia. Respecto a Novoa Ruíz, fue seleccionado como Máximo Responsable del primer período del subcaso Antioquia del cual aún no se ha realizado audiencia de reconocimiento, ni se ha emitido resolución de conclusiones. La situación de Barrera Jurado está aún más lejos de definirse, ya que no ha sido imputado y mantiene su relato de ausencia de su responsabilidad sobre los hechos que cometieron tropas a su cargo durante su comandancia en la Brigada XIV y que llevaron a su destitución del Ejército Nacional en octubre de 2008.

Caso similar sucede con Henry Wiliam Torres Escalante y Gustavo Enrique Soto Bracamonte, quienes bajo el rótulo de máximos responsables están a la espera de las determinaciones de la resolución de conclusiones para el subcaso Casanare. En torno a la situación de Torres Escalante, es necesario mencionar que su vinculación al proyecto es incluso más grave puesto que dentro de la Audiencia de Reconocimiento de Verdad del subcaso, no satisfizo el estándar de verdad y de responsabilidad planteado por la SRVR y esperado por las víctimas.

Las organizaciones defensoras de derechos humanos que representamos a las víctimas e integramos el Espacio de Litigio Estratégico llamamos la atención a la JEP y a la opinión pública sobre la necesidad imperante de desarrollar espacios de participación efectiva para ellas en torno al impulso de este tipo de proyectos.

En efecto, el principio de la centralidad de las víctimas es uno de los pilares más importantes del Sistema Integral para la Paz, particularmente en lo que respecta a la creación de espacios de participación plena y efectiva para ellas, proporcionando así una actuación oportuna e integral en las diferentes instancias y espacios en el marco de los procedimientos judiciales y extrajudiciales. Desde  nuestra perspectiva, el impulso de este tipo de proyectos restaurativos debe estar mediado por una participación congruente, directa y vinculante de aquellas víctimas interesadas en los TOAR Anticipados y en la vinculación de militares relacionados con sus hechos victimizantes.

En otras palabras, la participación sustentada en la centralidad de las víctimas debió prever una escucha activa de las manifestaciones de estas en el momento oportuno, aspecto que permitirá al Sistema Restaurativo y a la JEP impulsar proyectos que verdaderamente impacten y satisfagan los derechos de las víctimas.

Aunado al señalamiento en líneas precedentes relacionadas con la falta de vinculación de  las víctimas en el estudio de este tipo de TOAR, consideramos desde esta representación la existencia de serios vacíos en torno al beneficio y/o impacto del proyecto, y la importancia de la adopción de un enfoque territorial. A partir de la postura de las víctimas, se considera que, pese a la buena voluntad, este TOAR no impacta de buena manera en sus aspiraciones en materia de reparación. A pesar que de se trata de un loable proyecto de carácter ambiental, este no responde a la superación del daño generado por las ejecuciones extrajudiciales, ni beneficia a las víctimas, sus comunidades y organizaciones, que generalmente habitan los territorios más afectados por el conflicto y olvidados de la intervención social del Estado.

Aun cuando esta representación comprende que el TOAR puede materializar beneficios para toda la sociedad en razón de sus potencialidades en torno al cuidado del ambiente, desconoce los planes de vida de las organizaciones y las comunidades de víctimas. El desarrollo de este tipo de actividades consideradas proyectos restaurativos deben impactar los departamentos en los que los comparecientes realizaron graves violaciones a los derechos humanos.

Consideramos importante que el componente reparador de este tipo de proyectos restaurativos realmente impacte en los núcleos familiares victimizados y en aquellas regiones que hoy en día siguen experimentando la estigmatización del Estado, particularmente del  Ejército Nacional. Un proyecto TOAR alejado de los territorios y desligado de las víctimas, sólo garantiza el fortalecimiento de una insatisfacción en este escenario transicional y que se reciclen las violencias

Por todo lo anterior, las organizaciones firmantes solicitamos respetuosamente a la Jurisdicción Especial para la Paz y al Sistema Restaurativo, escuchar el clamor de las víctimas en torno a una participación vinculante que impacte en los proyectos restaurativos existentes y venideros. La voz de las víctimas y su satisfacción debe ser un elemento innegociable dentro de este tipo de medidas.

Esta situación evidencia que en la implementación del proyecto Siembras de vida se desconoce el llamado del Relator Especial  de las Naciones Unidas sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición sobre “la falta de participación de las víctimas en la definición de los proyectos de sanciones propias, que hasta el momento han considerado la opinión de los perpetradores y no proveen verdadera restauración del daño, y el insuficiente cumplimiento por parte de algunos comparecientes del estándar de verdad plena, detallada y exhaustiva para beneficiarse de sanciones más benévolas que aquellas que le tocarían en la justicia ordinaria.” De igual manera, la implementación del proyecto sin participación de las víctimas va en contravía con la recomendación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos quien en su informe anual del año 2023 llamó a “Redoblar esfuerzos en el marco de los procesos ante la Jurisdicción Especial para la Paz, para garantizar la participación plena de las víctimas, y que sus propuestas y preocupaciones sean consideradas en la determinación de las sanciones propias y que las mismas tengan un impacto restaurador y transformador.”

Firman:

Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP)

Corporación Jurídica Libertad (CJL)

Corporación Jurídica Yira Castro (CJYC)

Humanidad Vigente Corporación Jurídica (HVCJ)

Comisión Intereclesial de Justicia y Paz (CIJP)

Asociación para la Promoción Social Alternativa Minga (Asociación MINGA)

Corporación Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda (Colectivo OFB)

Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar)

Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice)

Coordinación Colombia Europa Estados Unidos (CCEEU)

 

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