Memorando de entendimiento entreel Gobierno de Colombiayla Organización de los Estados Americanos (OEA),

Las partes en este Memorando de Entendimiento, el Gobierno de Colombia a través del Ministerio de Relaciones Exteriores representado por la Ministra de Relaciones Exteriores, Carolina Barco, y la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (?SG/OEA?), por medio de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (en adelante, CICAD), representada por su Secretario Ejecutivo Adjunto, Abraham Stein, suscriben el siguiente Memorando de Entendimiento:

CONSIDERANDO

Que la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (en adelante ?SG/OEA?) es el órgano central y permanente de la Organización de los Estados Americanos (en adelante ?OEA?) y tiene facultad de establecer y fomentar relaciones de cooperación con los estados miembros conforme con el artículo 112 (h) de la Carta de la OEA y con la Resolución de su Asamblea General AG/RES. 57 (I-O/71),

Que la CICAD es una entidad de la Organización de Estados Americanos OEA, establecida mediante el Art. 52 de la Carta de la Organización. Esta entidad cuenta con autonomía técnica, ejerciendo sus funciones en el contexto y alcance del Programa de Acción de Río de Janeiro contra el Consumo, Producción, Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, los mandatos de la Asamblea General, y las decisiones adoptadas internamente por CICAD.

Que el objetivo de la CICAD es contribuir a la eliminación del tráfico ilícito y uso indebido de drogas. Conforme a sus Estatutos tiene atribuciones tanto en el campo de la prevención, asistencia y reinserción de fármaco ? dependientes, como el de la prevención, control y sanción de la producción y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

Que la CICAD, en el marco de su Estrategia Hemisférica, promueve acciones contra el cultivo ilícito de materia prima destinada a la fabricación de drogas ilícitas, teniendo siempre en cuenta la preservación del medio ambiente a través de la promoción de programas y/o proyectos que incentivan el desarrollo de la economía legal en zonas productoras de cultivos ilícitos en los Estados miembros.

Que en desarrollo del literal g) del artículo 91 de la Ley 30 de 1986 por medio de la cual Colombia adoptó el Estatuto Nacional de Estupefacientes, que asigna al Consejo Nacional de Estupefacientes la función de ?disponer la destrucción de los cultivos de marihuana, coca y demás plantaciones de las cuales se pueden extraer sustancias que produzcan dependencia, utilizando los medios más adecuados, previo concepto favorable de los organismos encargados de velar por la salud de la población y por la preservación y equilibrio del ecosistema del país?, se estableció el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el Herbicida Glifosato (PECIG), reglamentado por la resolución 0013 de 2003 y que opera en todas las regiones del país donde se evidencia la presencia de cultivos ilícitos.

Que para el Estado colombiano la adopción e implementación del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el Herbicida Glifosato (PECIG) ha constituido una necesidad inaplazable habida cuenta de la extendida presencia de cultivos ilícitos en el territorio nacional y las dificultades de orden público que, en muchos casos, impiden aplicar otros métodos de erradicación.

Que el Gobierno de Colombia asume el PECIG como el plan para la mitigación, que ejerce el Estado, frente al impacto ambiental negativo ocasionado por los cultivos ilícitos y el subsecuente procesamiento de substancias estupefacientes.

Que en atención a la creciente preocupación nacional e internacional sobre los presuntos efectos del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el Herbicida Glifosato (PECIG), los Gobiernos de Colombia y de los Estados Unidos de América, con base en la cooperación vigente en esta materia entre las dos naciones, solicitaron a la CICAD que adelante un estudio que documente científicamente y de manera independiente dichos efectos.

Que frente al incremento de quejas por parte de la ciudadanía en varias regiones del país, debido a los presuntos daños ocasionados a las actividades agrícolas, por la aspersión aérea con el herbicida Glifosato, el Consejo Nacional de Estupefacientes expidió, mediante la Resolución 017 de 2001, un procedimiento expedito orientado a la debida atención de las mismas, con el fin de garantizar la protección de sus derechos fundamentales, según los términos de la Constitución Política de Colombia.

Que, de acuerdo con la legislación colombiana y acogiendo las disposiciones de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes enmendada por el Protocolo de 1962 y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988 en cuanto a la obligación de adoptar las medidas necesarias para erradicar las plantas de adormidera, los arbustos de coca y las plantas de cannabis que se cultiven ilícitamente, y ante el inusitado incremento de los cultivos ilícitos en el territorio nacional, el Gobierno de Colombia se propuso fortalecer su estrategia para enfrentar el problema de la producción y tráfico de drogas ilícitas a través de la erradicación forzosa, mediante la aspersión aérea con el herbicida glifosato.

AFIRMANDO la importancia de coordinar los esfuerzos de las Partes, con la intención de realizar sus propósitos a la luz de los instrumentos internacionales vigentes en la lucha contra el problema mundial de las drogas y los delitos relacionados con la sujeción a los principios de respeto de la soberanía nacional, la confidencialidad, transparencia y veracidad en las conclusiones.

ACUERDAN celebrar el presente Memorando de Entendimiento que se regirá por las siguientes disposiciones:

CLÁUSULA PRIMERA: Objeto

El objeto del presente Memorando de Entendimiento es desarrollar un estudio científico independiente sobre los efectos del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el Herbicida Glifosato (PECIG), y de los herbicidas y fungicidas utilizados en la producción de cultivos ilícitos en la salud humana y el medio ambiente.

La descripción del estudio se encuentra detallada en el Anexo I, que forma parte integral del presente Memorando de Entendimiento el cual fue avalado por el Gobierno de Colombia y la Secretaría Ejecutiva del CICAD. Así mismo, obran como anexos del presente Memorando de Entendimiento los documentos titulados ?Cronograma de Actividades? y (——————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————–)*.

CLÁUSULA SEGUNDA: (——————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————-)*

CLÁUSULA TERCERA: Áreas de estudio

El estudio se concentrará en las áreas donde se ejecuta el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el Herbicida Glifosato (PECIG) y de común acuerdo entre las Partes, se podrán incluir otras áreas que se considere pertinente evaluar.

CLÁUSULA CUARTA: Responsabilidades de las Partes

A.La CICAD se compromete a:

1.Supervisar y hacer el seguimiento a las labores adelantadas por el Equipo Científico de Evaluación(ECE) y el Grupo Técnico Permanente de Monitoreo Móvil (GTPMM).
2.Contratar, de común acuerdo con el gobierno colombiano, y supervisar el personal necesario para el desarrollo del estudio de que trata el presente Memorando de Entendimiento.
3.Ejecutar y hacer seguimiento al estudio de que trata el presente Memorando de Entendimiento.
4.Coordinar y supervisar el adecuado desarrollo de las actividades contenidas en la Propuesta para el Monitoreo del Programa de Aspersión Aérea en Colombia.
5.Proporcionar los fondos para la ejecución de las actividades correspondientes de acuerdo con el cronograma de actividades establecido. Por lo tanto, el proyecto no generará erogación alguna para el erario colombiano.
6.Revisar y aprobar los informes periódicos sobre el desarrollo del plan de trabajo establecido.
7.Informar periódicamente el Gobierno de Colombia sobre los avances en la ejecución del estudio de que trata el presente Memorando de Entendimiento.
8.Presentar públicamente los resultados del estudio y difundir de manera amplia el informe final correspondiente, que previamente será presentado al Gobierno de Colombia para su conocimiento. Los resultados del estudio y el informe final a los que se refiere el presente numeral se presentarán en idiomas español e inglés.

B.El Gobierno de Colombia se compromete a:

1.Facilitar el cumplimiento y ejecución del presente Memorando de Entendimiento.

2.Proporcionar la información necesaria para la formulación y ejecución del proyecto que sea solicitada por la CICAD, incluyendo entre otros:

a.Antecedentes legislativos del programa PECIG.
b.Descripción de las áreas de cobertura.
c.Calendario del programa de fumigación

3.Designar un Enlace a quien se le asignarán las siguientes responsabilidades:
a.(—————————————————————————————————————————————–)
b.(————————————————————————————————————————————————————————————————————-)
c.(———————————————————————————————————————————————————————————————–)*

4.Proporcionar un esquema de seguridad para la movilización del personal involucrado en el estudio hacia y dentro de las áreas del mismo, de conformidad con los recursos destinados para estos efectos en el presupuesto del proyecto.

Parágrafo 1: Toda visita de campo descrita en el ?Cronograma de Actividades? deberá realizarse de común acuerdo con las autoridades colombianas encargadas de brindar la seguridad y en los términos que dichas autoridades recomienden de acuerdo con la situación de orden público. Atendiendo a estas mismas razones, cualquier visita programada podrá ser suspendida antes del término acordado.

Parágrafo 2. Sin perjuicio de lo establecido en el parágrafo1, las Partes procurarán cumplir con la totalidad de las visitas descritas en el ?Cronograma de Actividades?, u otra visita adicional que el adecuado desarrollo del estudio pueda requerir.

CLÁUSULA QUINTA: Contratación del gerente del Grupo Técnico Permanente de Monitoreo Móvil ? GTPMM

La designación del gerente del Proyecto se hará de común acuerdo entre las Partes.

CLÁUSULA SEXTA: Confidencialidad

Las Partes en este Memorando de Entendimiento se comprometen a guardar la más estricta confidencialidad durante el desarrollo del estudio. Ninguna de las Partes, sin previo acuerdo expreso de la otra, podrá publicar resultados parciales del estudio en ejecución.

Una vez las Partes hayan conocido, de manera reservada, los resultados del estudio, el informe final se hará público y será ampliamente difundido.

CLÁUSULA SÉPTIMA: Terminación

El presente Memorando de Entendimiento podrá terminarse de mutuo consentimiento o podrá darse por terminado por cualquiera de las Partes mediante notificación escrita a la otra, con una antelación no menor de tres meses.

CLÁUSULA OCTAVA: Solución de Controversias

Las Partes se comprometen a solucionar las controversias que pudieran derivarse de la interpretación o aplicación del presente Memorando de Entendimiento, de común acuerdo preferiblemente. En el caso de no llegar a ninguna solución satisfactoria, excepcionalmente se acudirá al procedimiento de arbitraje que de común acuerdo definan la CICAD y el Gobierno de Colombia. Si no hay acuerdo sobre el procedimiento, el arbitraje se realizará de conformidad con el Reglamento de UNCITRAL. El tribunal arbitral que se constituya de acuerdo con el mencionado Reglamento, decidirá como amigable componedor o ex aequo et bono y su decisión será final y obligatoria.

Ninguna de las disposiciones contenidas en este Memorando de Entendimiento significa o se interpretará como una renuncia a los privilegios e inmunidades de los que gocen las Partes de conformidad con el derecho y la práctica internacional.

CLÁUSULA NOVENA: Vigencia, Duración y Modificaciones

El presente Memorando de Entendimiento entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración de un año prorrogable de común acuerdo entre las Partes.

La adición o modificación del Memorando de Entendimiento se realizará por mutuo acuerdo entre las partes, previo cumplimiento de los requisitos legales. Los instrumentos en que consten dichas modificaciones se agradarán como anexos al presente Memorando de Entendimiento y pasarán a formar parte del mismo.

El Cronograma de Actividades contenido en el Anexo II, será modificado y ajustado teniendo en cuenta la fecha de entrada en vigor del Memorando de Entendimiento.

El texto del presente Memorando de Entendimiento entre el Gobierno de Colombia y la Organización de los Estados Americanos (OEA) para la Ejecución del Estudio sobre los Efectos del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el Herbicida Glifosato (PECIG) y de los cultivos ilícitos, en la salud humana y el medio ambiente, se hace en dos ejemplares en español, siendo ambos igualmente auténticos.

Para constancia, se firma en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, a los cuatro (4) días del mes de febrero de 2004.

Por el Gobierno de Colombia Por la Secretaría General de la Organización
de los Estados Americanos

CAROLINA BARCO ABRAHAM STEIN
Ministra de Relaciones Exteriores Secretario Ejecutivo Adjunto
Comisión Interamericana para el Control del
Abuso de Drogas

ANEXO I

PROPUESTA PARA EL MONITOREO DEL PROGRAMA DE
ASPERSIÓN AÉREA EN COLOMBIA

ANTECEDENTES

No obstante los ingentes esfuerzos desplegados por Colombia, los cultivos ilícitos, y en particular los de coca, siguen afectando la región Andina, con el 80% de la producción total en el 2001. Durante el 2001, se presentó una disminución del 11% de la producción de coca en comparación con el año anterior. En el 2002, el área total de cultivo de coca se redujo en un 29.5%, decreciendo de 144,807 a 102,071 hectáreas. En los últimos años Colombia ha experimentado un cambio en las tendencias crecientes que hasta el 2000 se mostraban, corroborando el dinamismo y vulnerabilidad de los cultivos ilícitos. Esta reducción puede atribuirse, entre otros aspectos, al incremento en los esfuerzos de erradicación aérea. Para tratar la eliminación de los cultivos ilícitos, el Gobierno de Colombia continúa con la implementación del programa de aspersión aérea orientada a la erradicación de los cultivos ilícitos.

La aspersión aérea comenzó con los cultivos de marihuana a finales de los años 70, luego en 1991 se inició la aspersión de cultivos de amapola y, finalmente, en 1994 se inició la aspersión aérea de coca. Con el tiempo, el tema de la aspersión aérea como componente de la estrategia de reducción de cultivos ha polarizado a la comunidad internacional. El uso de herbicidas químicos tales como el glifosato ha causado varios reproches verbales y hasta serias críticas por parte de los campesinos, organizaciones campesinas y grupos ambientales fiscalizadores.

De conformidad con la Resolución 012 de 2003, el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante aspersión Aérea con Glifosato debe contar con un Plan de Manejo Ambiental, disposición que fue regulada por el Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, a través de la Resolución 1054 del 30 de septiembre de 2003.

Este Plan no ha logrado disipar las dudas de los opositores de la Aspersión Aérea, por lo que se requiere de un estudio independiente de dichos efectos. Los resultados de los estudios realizados hasta el momento no han proporcionado una evidencia sólida, y se han percibido como estudios subjetivos y unilaterales. En pocas palabras, la controversia continua y hace falta un estudio de conocimiento público que arroje resultados certeros sobre la materia.

Como resultado se han presentado intensos y continuos debates sobre el tema en los ámbitos nacional e internacional. En Colombia, los debates en el Congreso han resultado en demandas por parte de legisladores para suspender la aspersión aérea y han llegado hasta el punto solicitar una reorientación sobre las políticas de erradicación. Internacionalmente, el programa de aspersión aérea ha dividido el tipo de cooperación de los donantes a tal nivel, que algunos argumentan que Colombia ha comprometido su habilidad de gestionar un amplio apoyo y financiamiento internacional para su Plan Nacional Antidrogas. El sentimiento es muy similar en las zonas rurales de Colombia y constantemente se manifiesta a través de protestas cívicas.

En consideración a la creciente preocupación nacional e internacional sobre los efectos ambientales y sanitarios del Programa de Erradicación Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el herbicida Glifosato que se realiza en Colombia, los Gobiernos de Colombia y Estados Unidos solicitaron a la CICAD su contribución para la realización de un estudio que documente dichos efectos.

En este sentido, se considera que es necesario emprender una evaluación independiente, objetiva e imparcial del programa de aspersión aérea actual con el propósito de suministrar investigaciones científicas verificables y empíricas. Esta propuesta es un intento para establecer el marco que llevaría a cabo este trabajo, al tiempo que responde a la necesidad de producir una evaluación que en términos generales sea científicamente incuestionable y convincente en cuanto a la manera como es percibida públicamente.

OBJETIVOS

Los objetivos de este programa son los siguientes:

1)Realizar un estudio científico del programa de aspersión aérea en Colombia, notoriamente independiente y de alta calidad, sobre los impactos fundamentales de la aspersión con glifosato sobre las personas, la fauna, la flora y el medioambiente.
2)Realizar un estudio científico sobre los efectos de los cultivos ilícitos, toda vez que se desconoce su impacto en la salud humana y el medio ambiente.
3)Establecer un mecanismo de monitoreo móvil capaz de realizar evaluaciones periódicas al azar, que investigue alegaciones concretas y que responda a controversias específicas.
4)Proporcionar los resultados del proyecto, en lo posible, en un período de un año a partir de la fecha de su inicio.
5)Difundir de manera amplia el informe final correspondiente.

ÁREAS

De acuerdo con los objetivos del programa, el estudio se concentre en las áreas donde se ejecuta el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos con el Herbicida Glifosato (PECIG) que son las siguientes: En la región Amazónica, Caquetá; Zona de Lomería, Guaviare; Llanura Amazónica, Putumayo; Piedemonte, en la región del Catatumbo, el Municipio del Tibú, Norte de Santander; en la Región Magdalena y Cauca Medio, el Sur de Bolívar, en la región del Macizo Colombiano, el Bosque Altoandino en el Departamento de Tolima.

Aunque las áreas establecidas por el Gobierno de Colombia son el principal objetivo de este estudio, el Equipo Científico de Evaluación, de común acuerdo con el Gobierno colombiano, podrá incluir otras áreas que se consideren pertinente evaluar.

CONTRATACIÓN DE PERSONAL

Se tiene proyectado la participación de dos equipos diferentes en el Programa de Monitoreo de la Aspersión Aérea (PMFA); un Equipo Científico de Evaluación y un Grupo Técnico Permanente de Monitoreo Móvil. Ambos equipos trabajarán coordinadamente durante todo el proceso.

El Equipo Científico de Evaluación (ECE): La CICAD propone una revisión inicial del impacto de la aspersión, particularmente del protocolo actual de la aspersión aérea. El equipo estará compuesto por 4-6 expertos internacionales de diversas partes del mundo. Este será un equipo multinacional con expertos en temas como patología, medioambiente, suelos y horticultura tropical, medicina y ciencias veterinarias. Los miembros de equipo deben también tener la capacidad de presentar y de defender sus resultados en conferencias de prensa y en otros medios de comunicación internacionales. Asimismo, al menos un miembro de este equipo deberá contar con experiencia en gerencia de proyectos y relaciones con la prensa. El equipo no incluirá a ciudadanos de los Estados Unidos ni de Colombia; sino a un grupo de expertos internacionales altamente reconocidos en sus campos específicos. También se podría recurrir a la experiencia de las instituciones de investigación internacionales tales como el Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (CATIE), la Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA), el CAB Internacional y el Centro Internacional de Agricultura Tropical (CIAT), al igual que a universidades internacionales líderes en la materia. La mayoría de su trabajo se llevará a cabo en sus actuales sitios a través de computadoras/enlaces telefónicos o por medio de reuniones conjuntas de trabajo en alguna locación conveniente. Una vez se haya concluido y presentado la evaluación, el equipo estará constantemente a la orden para responder las diferentes inquietudes que se puedan presentar.

El Grupo Técnico Permanente de Monitoreo Móvil (GTPMM): Este grupo se encargará de las operaciones diarias, una vez que el Equipo Científico de Evaluación (ECE) termine la revisión inicial y el diseño operacional. El trabajo principal del GTPMM es recopilar y analizar los datos, según lo indicado por el ECE sobre los requerimientos específicos del proyecto, al igual que las denuncias y controversias ocasionales. El GTPMM estará conformado por ciudadanos de terceros países y/o colombianos bajo la coordinación de un técnico colombiano. El personal elegido deberá someterse a los estudios de seguridad correspondientes. El GTPMM tendrá su sede en Bogotá y deberá estar en permanente disposición para viajar por el país.

ACTIVIDADES

El plazo inicial para la ejecución del programa sería de un año. Durante este período la CICAD propone que el equipo finalice su trabajo sobre los impactos de la aspersión aérea y su protocolo, y con la información proporcionada por el GTPMM, se emprendan las actividades orientadas al monitoreo al azar y el monitoreo constantemente de las actividades de aspersión aérea.

Asimismo, se llevará a cabo la investigación sobre los aspectos correspondientes al impacto ambiental de los herbicidas y fungicidas utilizados en la producción de los cultivos ilícitos.

A continuación se relacionan las actividades contenidas en el proyecto:

PRODUCTO
FECHA DE ENTREGA
(A partir del inicio del proyecto)
Borrador del Plan Operativo
1 mes
Plan Operativo Final
1.5 mes
Evaluaciones Periódicas al azar, investigaciones y alegaciones específicas y respuestas a las controversias

Proceso Continuo
Borrador del informe sobre el impacto en la salud humana y el impacto ambiental
11 meses
Informe Final sobre el impacto en la salud humana y el impacto ambiental
12 meses

ANEXO II

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

No.
DESCRIPCIÓN
Inicio
Final
Días
1
Aprobación del Plan de Trabajo
5-Ago-03
3-Oct-03
60

Nominación de los miembros del grupo ECE
20-Sep-03
23-Oct-03
34
2
Selección de los miembros del grupo ECE
24-Sep-03
11-Oct-03
18
3
Contratación de los miembros del grupo ECE
3-Oct-03
30-Oct-03
28

Teleconferencia del grupo ECE
31-Oct-03
31-Oct-03
0
4
Borrador de la formulación del problema
30-Oct-03
20-Nov-03
21

Teleconferencia del grupo ECE
28-Nov-03
28-Nov-03
0
5
Primera reunión del grupo ECE, reunión del grupo ECE y el grupo GTPMM, y visita al campo en Colombia

1-Dic-03

6-Dic-03
6
6
Borrador final de la formulación del problema
6-Dic-03
11-Dic-03
5

Asignación de las tareas del grupo GTPMM y recopilación de información
11-Dic-03
16-Dic-03
5
7
Borrador de la evaluación de impacto
16-Dic-03
20-Ene-04
35

Teleconferencia del grupo ECE
19-Dic-03
19-Dic-03
0
8
Borrador final de la evaluación de impacto
20-Ene-04
10-Feb-04
21

Teleconferencia del grupo ECE
30-Ene-04
30-Ene-04
0

Inicio de la revisión de los datos del grupo GTPMM
30-Ene-04
17-Feb-04
18
9
Segunda reunión del grupo ECE para revisar los datos recolectados en Colombia y visita al campo en Colombia

16-Feb-04

21-Feb-04
5

Teleconferencia del grupo ECE
27-Feb-04
27-Feb-04
0
10
Borrador de la evaluación de riesgo
27-Feb-04
2-Abr-04
35

Teleconferencia del grupo ECE
26-Mar-04
26-Mar-04
0
11
Borrador de los análisis
2-Abr-04
7-May-04
35

Visita al campo en Colombia
12-Abr-04
15-Abr-04
3

Teleconferencia del grupo ECE
23-Abr-04
23-Abr-04
0

Medir la necesidad de datos adicionales y actualización por parte del grupo GTPMM
23-Abr-04
14-May-04
21

Teleconferencia del grupo ECE
21-May-04
21-May-04
0
12
Borrador del informe final
14-May-04
18-Jun-04
35

Teleconferencia del grupo ECE
18-Jun-04
18-Jun-04
0

Visita al campo en Colombia
25-Jun-04
28-Jun-04
3

Revisión del borrador del informe final
18-Jun-04
9-Jul-04
21
13
Tercera reunión del equipo ECE para la finalización del informe en Colombia
16-Jul-04
18-Jul-04
3
14
Entrega del informe final a la CICAD/OEA
18-Jul-04
22-Ago.04
35

Teleconferencia del grupo ECE
13-Ago-04
13-Ago-04
0
15
Envío de informe final a la prensa y a la comunidad de científicos intern.
22-Ago-04
21-Oct-04
60

Teleconferencia del grupo ECE
10-Sep-04
10-sep-04
0
16
Presentación del informe final en Colombia
10-Oct-04
11-Oct-04
1
17
Presentación del informe final en Washington
16-Oct-04
17-Oct-04
1
18
Respuestas de los comentarios de la comunidad científica internacional
21-Oct-04
28-Oct-04
7

Teleconferencia del grupo ECE
21-Oct-04
22-Oct-04
1
19
Publicación del informe final
28-Oct-04
18-Nov-04
21

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