Confirman suspensión contra abogado Diego Cadena por ofrecer beneficios a ex paramilitar Juan Guillermo Monsalve 

Confirman suspensión contra abogado Diego Cadena por ofrecer beneficios a ex paramilitar Juan Guillermo Monsalve 

Ilustración: Noticias Uno

Esta sanción se suma a otras actuaciones legales que recaen sobre Cadena, por sus repetidos empeños en favorecer al exsenador Álvaro Uribe 

 La Comisión Nacional de disciplina Judicial sancionó en segunda instancia al abogado Diego Javier Cadena Ramírez con tres años de inhabilidad porque encontró probado que el disciplinado, en su condición de abogado, entre febrero y marzo de 2018, fue quien buscó a Juan Guillermo Monsalve Pineda con el propósito denotativo dirigido a que “no se dijera la verdad”, como lo sostuvo el Ministerio Público.  

 La comisión concluyó que una vez se supo por los medios de comunicación que este fue mencionado como testigo de graves hechos que involucraban a los hermanos Álvaro y Santiago Uribe Vélez, razón por la cual acudió́ a cárcel La Picota en Bogotá́ insistentemente, ofreciéndole beneficios a cambio de que Monsalve se retractara de sus declaraciones sobre nexos de los hermanos Uribe con el paramilitarismo, realizadas con anterioridad ante la Corte Suprema de Justicia.  

 La decisión disciplinaria incluye la siguiente transcripción de la conversación entre Cadena y Monsalve, del 22 de febrero de 2018, un día después de que Monsalve se había negado a recibir a Cadena:  

Por eso y con esa condición, yo lo impulso a Justicia y Paz (…). ¿Ud. qué edad tiene Juan? (…) 40? Uf muy joven (…), bueno, yo pienso que usted necesita un beneficio de alguna forma (…) tendríamos que hacer algo ahora, al menos como para abrir un poquito la puerta, algo cortico de puño y letra suyo: Juan Monsalve Pineda, estoy dispuesto a esclarecer unos hechos (…), preciso el hijueputa tiempo hermano (…) si no vengo mañana porque mañana a primera hora se vence el recurso y es bien importante todas las declaraciones 3 o 4 las tengo ahí afuera en la camioneta”, si no ya no sirven “se nos vence el recurso”, y le insistió en que le firmara la carta que traía consigo, que era eso solo como “para romper el hielo”, por lo que el abogado Romero Agudelo le replicó que para “romper el hielo” eso era afuera tomando una gaseosa, pero que si Monsalve decía que no iba a firmar, no firmaba. (Resaltado de la decisión). Pág. 29. 

 El fallo de primera instancia ya había establecido que: “el encartado incurrió́ en la falta contra la recta y leal realización de la justicia y los fines del Estado, (pues) intervino en actos fraudulentos, dado que los días 21 y 22 de febrero y 20 y 26 de marzo de 2018 acudió́ a la cárcel La Picota de Bogotá́, con el fin de que el señor Juan Guillermo Monsalve Pineda se retractara de declaraciones que hizo contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, y por ello consideró que su conducta se cometió́ a “título de dolo, por el conocimiento y la voluntad con que actuó́”. (Resaltado en la decisión) 

Esta decisión es de gran importancia porque, como lo sostuvo el Ministerio Público, está probado que fue el profesional del derecho Cadena Ramírez quien acudió́ a la cárcel La Picota en procura de la retractación, tratando de persuadir a Monsalve Pineda con el argumento de que tenía otros memoriales de retractación de personas sobre sus declaraciones contra Uribe Vélez.  

 Y en segundo orden, confirma la presencia de Cadena Ramírez para tener contacto (sin éxito) con Monsalve Pineda en la cárcel La Picota el 21 de febrero de 2018, a escasos cinco días de haberse ordenado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro del radicado 38.451, la compulsa de copias contra Uribe Vélez, para temas investigativos cuyo fin acordaron Uribe y Cadena.   

 El abogado en la sombra, también fue sancionado por la modalidad de la conducta, es decir, dolosa, ya que, a juicio de la Comisión de Disciplina Judicial “actuó́ con conciencia y voluntad en la conducta reprochada, (aunque) por imposición legal debía actuar correctamente, de manera recta y leal con la justicia y los intereses del Estado, pero no lo hizo y en cambio decidió́ incumplir decididamente los deberes que la Ley le impone”.  

 La Comisión resaltó en su decisión que la “gran trascendencia social” y la “connotación de este caso, que involucra situaciones que importan a la sociedad colombiana en su conjunto, también concurre para imponer una sanción ejemplar”, y enfatizó en que los “abogados están llamados a dar ejemplo de rectitud en sus relaciones profesionales, con el fin precisamente de colaborar leal y legalmente en la recta y cumplida realización de la justicia. Es evidente que el comportamiento del abogado DIEGO JAVIER CADENA RAMÍREZ repercutió́ en gran medida en proyectar una mala imagen de los profesionales del derecho”.  

 Por lo anterior,  la sentencia de 14 de enero de 2022 proferida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá́, ratificó la decisión deSANCIONAR al abogado DIEGO JAVIER CADENA RAMÍREZ, con SUSPENSIÓN en el ejercicio de la profesión por el término de tres (3) años, por incurrir a título de dolo en la falta contra la recta y leal realización de la justicia y los fines del Estado contemplada en el numeral 9° del artículo 33 de la Ley 1123 de 2007, en desconocimiento del deber consagrado en el artículo 28.6 .  

Diego Cadena también fue sancionado por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca a 34 meses de suspensión del ejercicio como abogado por ofrecer beneficios económicos y jurídicos al testigo Carlos Enrique Vélez a cambio de hacer declaraciones falsas contra el senador Iván Cepeda Castro para favorecer al exsenador Álvaro Urbe Vélez. Además, este abogado actualmente responde por los delitos soborno en actuación penal y fraude procesal ante el Juzgado Tercero Penal del Circuito. 

Todas estas investigaciones y sanciones contra el abogado Cadena son producto de sus ilegales actuaciones en las que ha incurrido en procura de favorecer a Álvaro Uribe Vélez, a quien, a su vez, la Corte Suprema imputó por los delitos de Soborno en actuación penal y fraude procesal. 

@cajar.colombia

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♬ sonido original – José Alvear Restrepo

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