Las interceptaciones de las comunicaciones entre el abogado Diego Cadena y el exsenador Álvaro Uribe sí irán al juicio contra Cadena: Representante de víctimas 

Las interceptaciones de las comunicaciones entre el abogado Diego Cadena y el exsenador Álvaro Uribe sí irán al juicio contra Cadena: Representante de víctimas 

Saludamos la decisión de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito de Bogotá de negar la pretensión del defensor de Diego Cadena que buscaba invalidar las conversaciones legalmente interceptadas entre Álvaro Uribe Vélez y Diego Cadena, las cuales, son relevantes para el juicio que se surtirá en su contra por ofrecer beneficios económicos y jurídicos al testigo Carlos Enrique Vélez, y por presionar y hacer ofrecimientos al preso Juan Guillermo Monsalve, en ambos casos, a cambio de hacer declaraciones falsas contra el senador Iván Cepeda Castro para favorecer al exsenador Álvaro Urbe Vélez.   

La Sala se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesta por el abogado Reinaldo Villalba Vargas, en calidad de abogado de víctimas, por el fiscal del caso y la defensa de Diego Cadena contra el auto del 31 de marzo de 2022, mediante el cual el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá decretó y negó algunas pruebas dentro del proceso citado. 

El abogado de la defensa había solicitado al Tribunal Superior que no se tuvieran en cuenta las interceptaciones por el sigilo profesional que cobija las conversaciones abogado cliente, pero Tribunal acogió el argumento de que Cadena no obró como defensor de Uribe en las conversaciones citadas, y consideró válidas las grabaciones legalmente ordenadas y recaudadas por la Corte Suprema de Justicia.  

Para la sala. “… aunque ciertamente, como lo disponen los artículos 301 de la Ley 600 de 2000 y 235 de la Ley 906 de 2004, en ningún caso se podrán interceptar las comunicaciones del defensor, el objeto de las interceptaciones no fueron conversaciones en las que haya intervenido DIEGO JAVIER CADENA RAMÍREZ en su rol de defensor de ÁLVARO URIBE VÉLEZ. Por lo tanto, en lo referente a las interceptaciones de dichas comunicaciones, la decisión recurrida será revocada (…) tales interceptaciones fueron ordenadas por la Corte Suprema de Justicia dentro de la actuación Nº 52.240, adelantada contra ÁLVARO URIBE VÉLEZ, mientras que lo que prohíbe el art. 15 de la Constitución es la interceptación de las comunicaciones privadas sin orden judicial.” 

Y añade en relación con los derechos de las víctimas a solicitar pruebas: En lo que atañe a las solicitudes probatorias de la víctima, es preciso señalar que esta, sin ser parte dentro del proceso penal, es un interviniente especial, a la que la Constitución, la ley y la jurisprudencia le dan una muy destacada protección y le conceden un rol protagónico, con disposiciones como las que le imponen el deber a la Fiscalía de velar por su protección.” 

Para el abogado de víctimas, Reinaldo Villalba “Esta es otra decisión judicial que impide la pretensión de la defensa de invalidar lo actuado por la Corte Suprema de Justicia. Las interceptaciones de las comunicaciones entre el abogado Diego Cadena y el exsenador Álvaro Uribe sí irán al juicio contra Cadena. Y añade “Más allá de este fallo, en dos ocasiones la Corte Constitucional ha establecido que hay excepciones en la protección del secreto profesional si hay motivos fundados de que se estuvieran cometiendo delitos”. 

Las conversaciones entre el abogado Diego Cadena y el expresidente y exsenador Álvaro Uribe corresponden al periodo de febrero a mayo de 2018 y son las que solicitamos reconocer como pruebas desde la representación de víctimas, contenidas en más de una decena de informes, y que se produjeron después de que la Corte Suprema de Justicia abrió la investigación contra el Exsenador Uribe y archivó la que cursaba contra el senador Cepeda, y que también fueron sustento de la medida de aseguramiento contra el exsenador Uribe. 

Conoce aquí la decisión completa

TSB PRUEBAS URIBE CADENA

 

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