Entrada en vigor de la Convención Internacional para la Protección de las Personas contra las Desapariciones Forzadas

Entrada en vigor de la Convención Internacional para la Protección de las Personas contra las Desapariciones Forzadas

La FIDH celebra la entrada en vigor de la Convención Internacional para la protección de las personas contra las desapariciones forzadas ya que representa un hito para la protección de los derechos de las víctimas contra este crimen.

 

 

“Las desapariciones forzadas constituyen un fenómeno universal. No solo concierne los desaparecidos ellos mismos sino también los familiares, amigos y la sociedad en su conjunto”, declaró Souhayr Belhassen, Presidente de la FIDH.

El crimen de desaparición forzada representa una de las violaciones de los derechos humanos mas seria y constituye un crimen contra la humanidad si esta cometido sistemáticamente o de manera generalizada contra civiles. Aunque la necesidad de adoptar un instrumento internacional definiendo legalmente este crimen ha sido pensada, se necesito una década para llevar a un consenso general sobre su contenido.

En efecto, mas de 30 anos después de la adopción de la resolución 33/173 de la Asamblea General de la ONU en diciembre 1978, que por la primera vez hacia referencia al tema de los “Desaparecidos”, la Convención Internacional sobre la Protección de las Personas víctimas de Desaparición Forzada es ahora un instrumento vinculante conteniendo importantes disposiciones para proteger los derechos de las víctimas.

La relevancia legal de la Convención es importante ya que no solo da una definición legal del crimen de desaparición forzada sino que establece también una serie de obligaciones a los Estados para prevenir y perseguir este crimen a través de medidas concretas al nivel nacional. La Convención reconoce en particular el derecho a la información, el derecho de conocer la verdad de las víctimas y el derecho a la justicia y a la reparación.

“El derecho de saber lo que paso es un derecho fundamental ya que el fenómeno de desaparición destruye la vida cotidiana de las familias”, recuerdo Luis Joinet, antiguo Ponente Especial de la ONU, durante su testimonio en el proceso, que paso en Paris el 17 de diciembre 2010 y que se termino con la condena de 14 oficiales chilenos del régimen de Pinochet por la desaparición forzada de 4 civiles franco-chilenos en los aňos 70.

Hoy en día, la Convención fue firmada por 87 países y 21 de ellos la ratificaron (Brazil siendo el ultimo país que la ratifico el 29 de noviembre).

La Convención obliga los Estados a tomar medidas para perseguir los autores de desaparición forzada cuando están en su territorio, siguiendo su competencia según el principio de la jurisdicción universal, sin tomar en cuenta las nacionalidades de las víctimas y de los presuntos autores, ni el país donde se cometió el crimen.

La Convención crea un Comité que seguirá su puesta en practica por cada país.

« Ahora pedimos a los países que no ratificaron la Convención de hacerlo e incitamos los que ya firmaron a poner en practica las disposiciones, especialmente al incluir el crimen de desaparición forzada en su legislación nacional », concluyó Souhayr Belhassen.

Mas información :
http://www.icaed.org/

Leer el comunicado de la ICAED:
http://www.icaed.org/fileadmin/user_upload/Entry_into_vigor_press_release/ICAEDComunicadodePrensa23dicES.pdf

Contacto de prensa:
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