Bogotá, 18 de marzo de 2025. Ser defensor o defensora de derechos humanos en América Latina es una labor de alto riesgo. La región concentra más del 80% de los asesinatos de personas defensoras en el mundo y Colombia encabeza la lista como el país más peligroso para quienes luchan por la justicia y el medioambiente.
Según la Fiscalía General de la Nación, entre enero de 2016 y octubre de 2024 en Colombia 1.339 personas defensoras de derechos humanos fueron asesinadas. Por su parte, el programa Somos Defensores reportó 6.577 agresiones contra esta población, entre amenazas, hostigamientos y desplazamientos forzados.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) documentó en 2024 el homicidio de 25 personas defensoras del medio ambiente y 119 casos de amenazas y ataques contra ellas[1].
En este contexto, se cumple un año de la notificación de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el Caso Cajar, que resalta la persistente persecución y criminalización de quienes defienden los Derechos Humanos. La Corte reconoció que el Estado llevó a cabo estas agresiones como parte de un patrón sistemático de represión, diseñado para debilitar su labor en la lucha contra la impunidad y la vigilancia ilegal.
“Durante más de 45 años, nuestra organización ha enfrentado una persecución implacable. El Estado intentó impedir que nuestros abogados y abogadas representaran a las víctimas y lucharan contra la impunidad. Esto es inaceptable,” indicó el día de lectura de sentencia Yessika Hoyos Morales, presidenta del Cajar.
En 2001, CEJIL y Cajar presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por hechos de persecución contra integrantes de Cajar y sus familias y en 2020 el caso llegó a la Corte IDH. Finalmente, en 2024, el tribunal internacional hizo pública una sentencia histórica que reconoció, por primera vez, el derecho a defender derechos humanos como un derecho autónomo y el derecho a la autodeterminación informativa, estableciendo que las personas objeto de vigilancia estatal deben poder acceder y controlar los datos recopilados sobre ellas. Sin este control, la vigilancia se convierte en una herramienta de represión.
“Creo sin duda que la sentencia del Caso Cajar es un avance histórico en el reconocimiento de estos derechos y en visibilizar la vigilancia e inteligencia estatal ilegal contra personas defensoras. Es una práctica vigente en muchas partes del mundo,” sostuvo Florencia Reggiardo, Directora del Programa para la Región Andina, Norteamérica y el Caribe (CEJIL)
La Corte ordenó 16 medidas de reparación integral en la sentencia, que trascienden hacia garantías para el movimiento de derechos humanos en Colombia. Entre ellas, la reforma de la ley y manuales de inteligencias, la investigación y depuración de archivos de vigilancia ilegal para garantizar el acceso a la información recopilada ilegalmente, la aprobación de normativa que permita el ejercicio del derecho a la autodeterminación informativa y la creación de un sistema nacional para recopilar cifras y datos sobre violencia contra personas defensoras.
“Recibimos esta decisión de la Corte con gran satisfacción. Creemos que es un paso hacia la dignificación de los miembros de Cajar y sus familias. Han sido décadas de persecución y esta sentencia es clave para las reparaciones,” señaló en su momento Jomary Ortegón, Vicepresidenta del CAJAR.
Cumplimiento de la sentencia
Tras la publicación de la sentencia de la Corte IDH, se han registrado avances en su implementación, pero todavía precarios. En septiembre de 2024 se presentó un proyecto de reforma de Ley 1621 de 2013 de Inteligencia y Contrainteligencia, que propone adecuar la ley vigente sobre la materia a estándares internacionales en cumplimiento de lo dispuesto por el tribunal internacional.
La construcción de ese proyecto, incluso, contó con el respaldo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Igualmente, el movimiento de derechos humanos colombiano viene discutiendo con el Gobierno Nacional una Política de Garantías para personas defensoras, en la que se aspira a incluir varias de las órdenes interamericanas.
Por otro lado, en noviembre del mismo año se presentó el proyecto de Ley para el Reconocimiento y Garantías del Derecho a Defender los Derechos Humanos, que incorpora el cumplimiento de 3 de las órdenes de la Corte IDH: la designación oficial de un día nacional para conmemorar a las personas defensoras de derechos humanos, la creación de un fondo económico destinado a la financiación de programas referidos a la prevención, protección y asistencia a personas defensoras en riesgo y el diseño e implementación de un sistema de recopilación de datos y cifras vinculadas a los casos de violencia contra las personas defensoras de derechos humanos. Se aspira que estas iniciativas puedan concretarse en leyes y políticas públicas.
En los últimos años, el tribunal interamericano ha remarcado la importancia de contar con sistemas de información o bases de datos que orienten el diseño de políticas públicas para la protección de personas defensoras de DD.HH. Esta medida ya ha sido ordenada por la Corte IDH en otros casos, como el de Sales Pimenta Vs. Brasil, como medida estructural para evitar que casos similares vuelvan a ocurrir. En el fallo del caso por el asesinato del defensor Gabriel Sales Pimenta, la Corte ordenó la creación de un sistema nacional de recopilación de datos sobre actos de violencia, amenazas, hostigamiento u otras formas de afectación contra personas defensoras de derechos humanos. La creación de este tipo de sistemas tiene no sólo un gran valor reparador, sino también preventivo y estructural y representa una valiosa oportunidad para avanzar hacia una política pública integral, capaz de responder de manera más pertinente y efectiva a la alarmante situación de violencia que enfrentan quienes defienden derechos humanos.
La vigilancia estatal como arma
La sentencia de la Corte IDH también subraya un tema de creciente relevancia en la región: el abuso de la vigilancia estatal en la era digital. En un mundo donde la tecnología facilita el monitoreo masivo, es urgente establecer límites claros que protejan los derechos digitales de la ciudadanía. Aunque Colombia cuenta con una ley de inteligencia desde 2013, sigue siendo insuficiente para frenar el uso arbitrario de herramientas tecnológicas de espionaje.
A pesar de este marco normativo, durante los años siguientes se hicieron públicos varios hechos de actividades de inteligencia y vigilancia ilegal. En los últimos años, estas prácticas se han extendido con el uso de nuevos procedimientos y tecnologías de vigilancia digital[2], espionaje, perfilamiento y extracción de información sin autorización legal.
En 2014 se reveló la “Operación Andrómeda”, un caso de espionaje a los diálogos del proceso de paz entre el Estado colombiano y la guerrilla de las FARC[3]. Ese mismo año, se conoció que la Central de Inteligencia Militar del Ejército (CIME) tenía en su poder más de 500 correos electrónicos de periodistas, funcionarios de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, embajadores, e integrantes del Comité Internacional de la Cruz Roja y diversas ONG[4].
Más recientemente, en 2018, una investigación reveló la compra ilegal de equipos de vigilancia para espiar a políticos y dirigentes sociales considerados “enemigos” [5]. Entre los hallazgos, se documentó que altos mandos militares adquirieron un software de duplicidad de identidad, que les permitía controlar y acceder de manera remota a los dispositivos de personas objetivo. Además, compraron dispositivos USB que, al insertarse en un computador, descargaban programas indetectables diseñados para robar contraseñas[6].
En 2020, investigaciones revelaron los “perfilamientos” y “carpetas secretas” que contenían información recopilada ilegalmente sobre al menos 130 personas, incluyendo políticos, magistrados, generales, periodistas y organizaciones defensoras. Estos casos reflejan cómo la vigilancia digital ha sido utilizada como una herramienta de control estatal contra voces disidentes en Colombia.
El caso Cajar ha puesto en la agenda internacional los peligros de la vigilancia estatal en América Latina y Colombia no es el único país donde el espionaje ha sido utilizado contra personas defensoras de derechos humanos. México, por ejemplo, ha sido uno de los países más afectados por el uso del software de espionaje Pegasus, desarrollado por la empresa israelí NSO Group. En El Salvador, un informe de Citizen Lab en 2022 reveló que más de 30 periodistas y miembros de la sociedad civil fueron espiados con esta herramienta. Venezuela, Ecuador y República Dominicana[7] también han sido escenarios de vigilancia estatal abusiva.
El Caso Cajar marcó un hito en la protección de quienes defienden los derechos humanos, pero su impacto dependerá de la implementación efectiva de las medidas ordenadas por la Corte IDH. Aunque se han logrado avances en Colombia, como la presentación de los proyectos para la reforma de la Ley de Inteligencia, la creación de un sistema de monitoreo de violencia contra personas defensoras y un fondo de asistencia para su protección, la situación de riesgo para esta población sigue siendo crítica.
En una región donde la violencia, el abuso de la vigilancia estatal y la criminalización siguen siendo una amenaza para la defensa de los DD.HH, la sentencia no solo obliga a Colombia a reformar sus prácticas, sino que también envía un mensaje contundente a toda América Latina: proteger a quienes defienden derechos humanos es una condición fundamental para la democracia y el Estado de derecho.
[1] Informe Anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación en Colombia, 2024 | ONU-DH COLOMBIA. https://www.hchr.org.co/historias_destacadas/informe-anual-del-alto-comisionado-de-las-naciones-unidas-para-los-derechos-humanos-sobre-la-situacion-en-colombia-2024/
[2] De acuerdo con una investigación de Privacy International “en 2012, la Dirección de Inteligencia Policial negoció una potencial compra de potente tecnología de inteligencia de código abierto de Palantir, empresa estadounidense de análisis de datos. Esa tecnología le habría permitido aprovechar sus bases de datos ya existentes para analizar y procesar cantidades inmensas de datos y comunicaciones. Además, la Policía adquirió programas de intrusión de la empresa italiana Hacking Team que le permitían la explotación –hackeo y posterior control– selectiva y a distancia de dispositivos de particulares”. Véase: Un estado en la sombra: vigilancia y orden público en Colombia, agosto 2015, pág. 15, disponible en: https://privacyinternational.org/sites/default/files/2017-12/ShadowState_Espanol.pdf
[3] Revista Semana, ¿Alguien espió a los negociadores de La Habana?, 3 de febrero de 2014, disponible en: https://www.semana.com/nacion/articulo/alguien-espio-los-negociadores-de-la-habana/376076-3 ; El Universal, Fiscalía, lista para acusar a militares por chuzadas de ‘Andrómeda’, 30 de enero de 2015, disponible en: https://www.eluniversal.com.co/colombia/fiscalia-lista-para-acusar-militares-por-chuzadas-de-andromeda-183526-DBEU281299 ; informe conjunto de las organizaciones de derechos humanos colombianas para el Examen Periódico Universal de Colombia Bogotá. Situación de derechos humanos y derecho humanitario en Colombia 2013-2017. Octubre de 201, pág. 21.
[4] CIDH, Informe Anual 2014, capítulo V, párr. 365, disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2014/docs-es/Anual2014-cap5-Colombia.pdf [4] Revista Semana, Exclusivo: Escándalo en las FFMM, dineros camuflados, 4 de abril de 2018, disponible en: https://www.semana.com/nacion/articulo/desvio-de-dinero-en-comando-de-las-fuerzas-militares/563751/
[5] Revista Semana, Exclusivo: Escándalo en las FFMM, dineros camuflados, 4 de abril de 2018, disponible en: https://www.semana.com/nacion/articulo/desvio-de-dinero-en-comando-de-las-fuerzas-militares/563751/
[6] CIDH. Relatoría para la Libertad de Expresión. Derecho a la información y seguridad nacional. Op. Cit., párr. 168.
[7] CIDH y RELE: República Dominicana debe investigar espionaje a través de Pegasus a periodista de investigación
https://www.oas.org/es/cidh/jsForm/?File=%2Fes%2Fcidh%2Fprensa%2Fcomunicados%2F2023%2F106.asp