Dos agentes de la Policía acaban de ser acusados por las lesiones oculares ocasionadas a la joven Leidy Natalia Cadena en 2021 durante una protesta social

Dos agentes de la Policía acaban de ser acusados por las lesiones oculares ocasionadas a la joven Leidy Natalia Cadena en 2021 durante una protesta social

  • Leidy solo tenía 22 años cuando fue alcanzada por un proyectil de bala de goma disparado directamente contra ella y que le ocasionó la pérdida de su ojo derecho.  
  • El Cajar, representante legal de la joven, saluda la decisión del juez del circuito de Bogotá con funciones de conocimiento de impartir legalidad a la formulación de acusación contra los dos agentes del entonces ESMAD, hoy llamado UNDMO.  
  • Desde 1999 y hasta 2022 alrededor de 179 personas fueron víctimas de lesiones oculares atribuidas a agentes del ESMAD en Colombia. Solo durante Gobierno de Duque se registraron más de 100 casos.  

Bogotá, 23 de abril de 2024 Durante la tarde de hoy fueron formalmente acusados el teniente de la Policía Nacional Álvaro Ramírez Castro y el Patrullero Danilo José Núñez, integrantes del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD), hoy llamado UNDMO, por las lesiones oculares ocasionadas a la joven Leidy Natalia Cadena, quien perdió su ojo izquierdo debido a un disparo directo a su rostro con un proyectil de bala de goma. Los hechos ocurrieron el 28 de abril de 2021 en la ciudad de Bogotá durante el Paro Nacional. Ella solo tenía 22 años en ese momento.   

“Hoy, después de una larga lucha, finalmente recibimos un rayo de esperanza en la búsqueda de justicia y hemos dado un paso importante: hoy los policías responsables se encuentran formalmente imputados por el delito de lesiones y abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto. (…) Este proceso ha sido una montaña rusa de emociones que me ha llevado, incluso, al exilio y me ha hecho atravesar por momentos difíciles, pero he mantenido mi compromiso con el activismo en búsqueda de justicia,” señaló la joven, quien recordó que como ella hay cientos de personas buscando justicia y procesos transparentes y sin revictimización en casos de trauma ocular atribuidas a agentes estatales y quien hoy desarrolla una campaña internacional para que hechos como el que ella padeció nunca más ocurran.  

Desde el Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar), representante legal de la joven, saludamos la decisión del juez del circuito de Bogotá y esperamos que esta decisión sea un precedente para motivar el impulso de otras investigaciones sobre hechos de lesiones oculares que siguen aún en etapa de indagación en la Fiscalía General de la Nación y de otras líneas de investigación que den cuenta de la existencia de un patrón criminal de lesiones oculares que se masificó durante el estallido social, por la acción u omisión de altos oficiales del ESMAD y la Policía Nacional. 

En la audiencia de hoy, los apoderados de los dos agentes de la Policía procesados intentaron plantear un conflicto entre la jurisdicción penal ordinaria y la penal militar, argumentando que se reunían los presupuestos subjetivo y funcional que permiten la aplicación excepcional del fuero penal militar. Sin embargo, tomando en consideración los argumentos de la representación de la víctima, de la Fiscalía y de la Procuraduría, el juzgado negó la solicitud, pues consideró que la defensa no presentó pruebas sobre una investigación en la jurisdicción penal militar ni de la solicitud de un homólogo que reclamara la competencia. Además, señaló que la información conocida por el despacho hasta esta etapa procesal no indica que el caso deba ser de conocimiento de la jurisdicción penal militar.  

Esta decisión reitera la postura unánime de las cortes nacionales e internacionales sobre el uso restrictivo del fuero penal militar para la investigación de graves violaciones a los derechos humanos, evitando así que esta prerrogativa se convierta en un privilegio estamental de los integrantes de la fuerza pública. Por otra parte, constituye un avance en la investigación y enjuiciamiento de los presuntos responsables de hechos de violencia contra personas que se manifiestan pública y pacíficamente en defensa de sus derechos, en especial, de aquellas que han sufrido lesiones oculares.  

 

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