En audiencia preparatoria de juicio oral contra Publio Hernán Mejía, se amplió participación de las víctimas en el proceso adversarial transicional adelantado por la JEP

En audiencia preparatoria de juicio oral contra Publio Hernán Mejía, se amplió participación de las víctimas en el proceso adversarial transicional adelantado por la JEP

Bogotá, 16 de julio de 2024. Durante audiencia preparatoria del juicio oral en el marco del proceso adversarial adelantado en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) contra el excomandante del Batallón de Artilleria No. 2 “La Popa”, Publio Hernán Mejía Gutiérrez, coronel retirado del Ejército Nacional, por los casos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas ilegítimamente como bajas en combate por agentes del Estado, se amplió la participación de las víctimas.

El Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP) y el Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar), como representantes de las víctimas, destacamos que, por medio de Auto SAR-AI-054-2024, la Sección de Primera Instancia para casos de reconocimiento de verdad y responsabilidad (SaRV) dispuso que los apoderados de las víctimas ejerzan en el trámite adversarial transicional las facultades con las que cuentan en los procesos surtidos ante la justicia penal ordinaria y que, adicionalmente, practiquen directamente las pruebas por ellas solicitadas y que fueron decretadas en la audiencia preparatoria, pudiendo formular excepcionalmente preguntas complementarias, en consideración del principio de centralidad de las víctimas y en aras de contribuir a la búsqueda de la verdad, garantizar el acceso a justicia y cumplir con los estándares internacionales vinculados con la participación de las víctimas.

Esto quiere decir que la JEP acogió la postura presentada por la representación de las víctimas, que señalaba que, en virtud del principio de centralidad de las víctimas que rige el Sistema Integral para la Paz y haciendo uso de la integridad normativa entre el derecho interno e internacional, cuando se trata de investigaciones sobre graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al DIH, la participación de quienes fueron afectados con estos crímenes debe ser lo más amplia posible, entendiendo que esto contribuye a la materialización de sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.

Celebramos la decisión de avanzar en la instalación del juicio oral, fijada para el 16 de septiembre de este año en Valledupar, y sobre todo la ampliación de los derechos de participación que se traducen en un avance en términos de la lucha contra la impunidad, que ha sido emprendido en los 35 hechos de ejecuciones extrajudiciales cometidas por antiguos integrantes del Batallón “La Popa”.

Este constituye el primer juicio que se adelantará en la JEP por los casos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas ilegítimamente como bajas en combate, por lo que las decisiones aquí impartidas impactarán los derechos de las víctimas en su conjunto.

Vale la pena recordar que esta audiencia hace parte de la continuación del proceso, luego de la acusación presentada en noviembre de 2023 por el Fiscal Quinto Delegado ante Sección, Samuel Serrano Galvis, por los 35 hechos de esta naturaleza ocurridos entre el 9 de enero de 2002 y el 8 de enero de 2004, cuando Mejía Gutiérrez comandaba el Batallón de Artillería No. 2 “La Popa” en Valledupar.

Como parte de las garantías procesales del compareciente, durante el desarrollo de la audiencia se le dió la posibilidad, una vez más, de reconocer su responsabilidad por estos graves crímenes. No obstante, manifestó no reconocer responsabilidad por los hechos que se le acusan.

Esperamos que el juicio continúe con plenas garantías para las partes e intervinientes y que ofrezca a la sociedad colombiana la posibilidad de conocer la verdad alrededor de este fenómeno criminal que dejó por lo menos 6.402 víctimas que hoy piden justicia.

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