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Sin tregua ni olvido

Sin tregua ni olvido

Cuando Yéssica se le presentó y le anunció el motivo de su visita, notó en él un cambió de humor, una molestia súbita. Si bien su visita le había sido anunciada como un asunto de mero trámite judicial, al hombre no le habían avisado que se trataba de ella: la hija del sindicalista que él había asesinado cinco años atrás en Fusagasugá, crimen por el que precisamente estaba pagando veintisiete años de cárcel.

¿Otro engaño para las víctimas?

Ninguna propuesta para reparar integralmente a las víctimas – judicial o administrativa – es de suyo un obstáculo para garantizar sus derechos humanos. Obviamente es el contenido de la propuesta, el que permite comprender cuál es el nivel de compromiso institucional para cumplir con las obligaciones internacionales sobre los derechos de las víctimas.

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La CCEEU destaca también que la Jurisdicción Especial para la Paz sea vinculante para todos los actores involucrados en el conflicto armado. Sin embargo, no deja de preocuparle que la reciente reforma a la justicia penal militar permita que agentes involucrados en graves violaciones, eludan su obligación de acudir al Tribunal para la Paz para responder por tales hechos, amparándose en el Fuero Penal Militar. Aunado a lo anterior la CCEEU desea llamar la atención sobre 4 aspectos:

Comunicado Conjunto #60 – La Habana, 23 de septiembre de 2015

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Las sanciones para quienes reconozcan delitos muy graves tendrán un mínimo de duración de cumplimiento de 5 años y un máximo de 8 de restricción efectiva de la libertad, en condiciones especiales. Las personas que hagan dicho reconocimiento de manera tardía ante el Tribunal serán sancionadas con pena de prisión de 5 a 8 años, en condiciones ordinarias. Para tener derecho a la pena alternativa, se requerirá que el beneficiario se comprometa a contribuir con su resocialización a través del trabajo, capacitación o estudio durante el tiempo que permanezca privado de la libertad. Las personas que se nieguen a reconocer su responsabilidad por tales delitos y resulten culpables serán condenadas a pena de prisión hasta de 20 años, en condiciones ordinarias.

Fundador

José Alvear Restrepo

Nace en Medellín el 1 de julio de 1913 en el seno de una familia de profundas convicciones religiosas y bajo los parámetros de la ideología del partido conservador. Realiza sus estudios en la Facultad de Derecho de la Universidad de Antioquia, donde se gradúa de Abogado con una brillante tesis titulada: “Conflictos…

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El Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” –CAJAR es una Organización No Gubernamental sin ánimo de lucro, defensora de Derechos Humanos en Colombia. En el año de 1980 adquiere su personería jurídica convirtiéndose en una de las primeras organizaciones defensoras de Derechos Humanos en Colombia compuesta por abogados y abogadas. Cuenta con estatus consultivo ante la Organización de Estados Americanos, OEA, ante la ONU.

Defiende y promueve integralmente los derechos humanos, los derechos ambientales y los derechos de los pueblos, desde una perspectiva de indivisibilidad e interdependencia, con el objetivo de contribuir a la construcción de una sociedad justa y equitativa en la perspectiva de la inclusión política, económica, social y cultural.

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