Avances y malentendidos: La JEP y el reto de hablar claro.

Avances y malentendidos: La JEP y el reto de hablar claro.

El pasado 14 de febrero, la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz JEP, emitió un auto de determinación de hechos y conductas en el subcaso Antioquia, del macrocaso 003, en el que atribuye responsabilidad a integrantes de la plana mayor de la IV Brigada del Ejército Nacional y varios de sus batallones adscritos, por la comisión de ejecuciones extrajudiciales entre 2004 y 2007, lo que constituye un avance importante en la determinación de máximos responsables. 

Pese a su relevancia para la verdad y el restablecimiento de derechos de las víctimas, los medios de comunicación se concentraron en señalar algo evidente y es que la formulación escrita de la Política de Seguridad Democrática no incluía el asesinato de civiles para ser presentados como dados de baja en combate.  Pero esto ya se sabía, es evidente que ningún Estado actual formaliza el acto de matar personas como parte de su política oficial. 

Lo verdaderamente relevante de la decisión de más de 1600 páginas, es la constatación de que la política no es solo su dimensión escrita, sino la práctica.  Más allá del texto, existió una política de facto muy clara, transmitida de los mandos a sus tropas, para “producir bajas ‘en combate’ a toda costa”, “así las guerrillas ya hubieran sido derrotadas o replegadas fuera de la jurisdicción de la Brigada IV del Ejército Nacional”. Pero la JEP, no logró transmitir esto, de modo que la ciudadanía se quedó con una conclusión errónea.  

Se invisibilizó también que la JEP imputó a dos civiles y 39 oficiales, entre ellos tres generales, considerados máximos responsables en su rol dentro de los estados mayores de la IV Brigada y sus batallones, en el departamento en el que se concentró el mayor número de desapariciones forzadas y homicidios de civiles presentados como bajas en combate entre 2002 y 2008 a nivel nacional.  Tampoco se destacó ante la opinión pública, que la JEP identificó impactos diferenciados de género en las mujeres buscadoras y familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales.  

El rol de un tribunal transicional como la JEP, es realizar un análisis profundo y detallado, a partir de evidencias sólidas y testimonios contrastados, para esclarecer cómo se implementó, en la práctica, la política en cuestión. En otras palabras, su tarea es determinar si existió o no una política de facto, develando responsabilidades en niveles superiores en la medida en que avance en la investigación.   

Hasta el momento, la JEP había realizado este análisis principalmente a nivel de batallones, y esta es la primera decisión en la que avanza al nivel de una brigada en Antioquia. Corresponde a la JEP continuar con este análisis en niveles superiores. En esa línea la JEP, ha decidido continuar con la investigación de una fase de priorización nacional en donde corresponde corroborar que la política de facto fue alentada en niveles superiores.  Sin embargo, la lentitud de esta fase nacional ha impedido justamente avanzar en el establecimiento de responsabilidades más altas en la cadena de mando.  

Desde el Cajar compartimos la relevancia de esta línea de investigación. En coordinación con diversas organizaciones, hemos presentado informes respaldados por evidencia sólida que demuestran que altos mandos militares y civiles sabían que soldados, suboficiales y oficiales asesinaron civiles en respuesta a estímulos y presiones para presentar resultados. Estos hechos se denunciaron de inmediato ante instancias competentes. Sin embargo, el Gobierno de la época, a través del presidente de la República, negó rotundamente los hechos, impidió procesos oportunos de rendición de cuentas y, lo más grave, calificó a los denunciantes de “idiotas útiles del terrorismo”. ¿Existe acaso forma más efectiva de fomentar la criminalidad entre quienes están bajo mando que desacreditar a quienes claman justicia? Lamentablemente, en Colombia esta no fue la única estrategia, ya que se continuaron aplicando estímulos y presiones excesivas.  

A la JEP le faltó hablar claro; destacar que su análisis es regional y no nacional; enfatizar en la existencia de una política de facto de conteo de cuerpos (body count) que alentó los crímenes en el departamento de Antioquia; destacar que imputó a 39 oficiales del Ejército en esta región, algo jamás logrado por la justicia ordinaria.  El excesivo protagonismo jugó en contra de la verdad.   

La decisión hablaba por sí sola y sobraba una rueda de prensa que diera lugar a erróneas interpretaciones, la falta de un lenguaje claro ha contribuido a la construcción de una narrativa en la que no hubo responsabilidad en el nivel superior, pese a que el fallo eleva el análisis al abordar la confección e implementación de la política de facto. Queda para la JEP, la tarea de comunicar de mejor manera sus decisiones; y para la ciudadanía, la de no quedarse con el titular mediático y animar reflexiones sobre la importancia de esta decisión para la caracterización de estas prácticas violatorias a los derechos humanos para prevenir su repetición.  

 

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