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Etiquetado frontal de advertencia: Una perspectiva desde los derechos humanos

En el contexto actual, los sistemas de etiquetado frontal de advertencia, constituyen salvaguardas fundamentales a los derechos humanos frente a la amenaza que supone la pandemia global de enfermedades no transmisibles (ENT). De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud cada año mueren por causa de estas enfermedades 15 millones de personas entre 30 y 69 años de edad, y más del 85% de estas muertes prematuras ocurren en países de ingresos bajos y medianos.


En la región de las Américas la situación es particularmente grave. Para el año 2017, las ENT representaron el 75,6% de las muertes. Lo más preocupante en este caso, es que el 35% son muertes precoces que ocurren en personas de entre 30 y 70 años”. Pese a esto, la industria de comestibles y bebidas azucaradas han consolidado una serie de estrategias para evitar la aprobación de leyes que exijan transparencia en la información.


En 2004, la FAO aprobó las Directrices Voluntarias en Apoyo de la Realización Progresiva del Derecho a una Alimentación Adecuada en el Contexto de la Seguridad Alimentaria. La Directriz 10 sobre nutrición, alienta claramente a los Estados a “adoptar medidas, en particular mediante la educación, la información y la reglamentación sobre el etiquetado, destinadas a evitar el consumo excesivo y no equilibrado de alimentos, que puede conducir a la malnutrición, a la obesidad y a enfermedades degenerativas.”


Un hito clave en el avance de esta política llegó en el año 2014, cuando los países de América Latina aprobaron el Plan de Acción Quinquenal para la Prevención de la Obesidad en la Niñez y la Adolescencia. En él se reconocieron las iniciativas que distintos países habían adelantado para combatir las ENT en lo relativo a las políticas de alimentación, y se instó además a impulsar medidas dirigidas a reducir el consumo de comida rápida, bebidas azucaradas y productos con alto contenido calórico y bajo valor nutricional en niños.



Las cinco medidas urgentes que el Plan sugirió tomar fueron: Promoción de la lactancia materna y la alimentación saludable, Mejoramiento del entorno con respecto a la nutrición y la actividad física en los establecimientos escolares, Políticas fiscales para reducir el consumo infantil y adolescente de bebidas azucaradas y productos de alto contenido calórico y bajo valor nutricional, Reglamentos a la promoción y la publicidad de las bebidas azucaradas y comida chatarra, Elaborar y establecer normas para el etiquetado del frente del envase que promuevan las elecciones saludables de manera rápida y sencilla.

Etiquetado, malnutrición y derecho a la alimentación adecuada


La importancia de medidas como el etiquetado frontal de advertencia ha sido reconocida y destacada como fundamental para la protección de los derechos humanos a la alimentación adecuada y a la salud por distintos expertos en la materia, entre los que se incluyen los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. La malnutrición engloba la desnutrición, la carencia de micronutrientes y las enfermedades relacionadas con la ingestión excesiva de alimentos y el desequilibrio nutricional.



1.Lobby en el Congreso y negociación con legisladores. 2.Pago de expertos con conflicto de intereses. 3.Cooptación de medios de comunicación. 4. Difusión de argumentos falaces que generan alarma económica. 5. Cooptación de líderes sociales y voceros. 6. Lavado de marca mediante acciones de responsabilidad social empresarial. 7. Captura de espacios de decisión política. 8.Utilización de puertas giratorias. 9.Demandas judiciales a las normas e intimidaciones a organizaciones de derechos humanos promotoras de la medida.


El reconocimiento del etiquetado frontal de advertencia como una salvaguarda a los derechos humanos a la alimentación adecuada y a la salud, conlleva necesariamente al reconocimiento de las distintas formas de interferencia corporativa contra estas medidas como obstáculos a la garantía de los derechos humanos.



1.Lobby en el Congreso y negociación con legisladores. 2.Pago de expertos con conflicto de intereses. 3.Cooptación de medios de comunicación. 4. Difusión de argumentos falaces que generan alarma económica. 5. Cooptación de líderes sociales y voceros. 6. Lavado de marca mediante acciones de responsabilidad social empresarial. 7. Captura de espacios de decisión política. 8.Utilización de puertas giratorias. 9.Demandas judiciales a las normas e intimidaciones a organizaciones de derechos humanos promotoras de la medida.










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